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• ENMIENDAS
Enmienda adición al párrafo 15 a la Disposición Final Primera del Proyecto de Ley por la que se aprueban los Presupuestos Generales
ENMIENDA DE ADICION
«15.- Se modifica el apartado 5.2.3 del artículo 197 quinquies de dicho texto refundido, relativo a la tasa por ocupación privativa y utilización del dominio público, que quedará con la redacción siguiente:
“5.2.3.- Cuando se trate de una autorización para la ocupación o utilización de espacios en las zonas de almacenamiento que se determinen, la cuantía de la tasa llevará una reducción del 50% de la cuota general. En caso de ocupación o utilización de espacios en las zonas de almacenamiento para envases de pescado o para pertrechos de pesca esta reducción será del 80%.”»