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  •   PROPOSICIÓN NO DE LEY

PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate en la Comisión de Derechos Humanos e Igualdad sobre la situación de la presa Sara Majarenas y su hija.

Los grupos parlamentarios abajo firmantes, al amparo del Reglamento vigente, presentamos la siguiente PROPOSICIÓN NO DE LEY para su debate en la Comisión de Derechos Humanos e Igualdad sobre la situación de la presa Sara Majarenas y su hija.

JUSTIFICACIÓN

El pasado 16 de diciembre asistimos a un hecho violento de especial gravedad. Especial gravedad por tratarse de una brutal agresión a una menor de tres años perpetrada por su padre de quien estaba al cargo por hallarse su madre en prisión.

La madre de la niña es la presa donostiarra Sara Majarenas (barreta, condenada por pertenecer al Comando Levante de ETA y en el momento de la agresión cumpliendo condena en la cárcel de Picassent, Valencia.

La niña vivía habitualmente con su madre en el recinto carcelario, pero pasaba los fines de semana con su padre. En ese momento a causa de lo sucedido estuvo un tiempo en el hospital recuperándose de las graves lesiones producidas por su padre.

En la actualidad la niña se encuentra con su madre en un Centro de Inserción Social de Madrid, en régimen cerrado y lejos de su familia y entorno. Han sido reconocidas por el sistema judicial como víctimas de violencia de género.

La menor ha sido evaluada por un psicólogo y se ha determinado que la menor necesita estabilidad y el calor de la familia extensa y entorno próximo.

Queremos señalar que hay derechos que amparan a todas las personas, incluidas las personas presas y en el ámbito internacional queremos reivindicar la importancia de lo que se llama el "Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión" del Alto Comisionada de Derechos Humanos de la ONU , ratificado y adoptado por la Asamblea General en su resolución 43/173, de 9 de diciembre de 1988 y en especial en su Punto 31 donde dice literalmente:

"Las autoridades competentes procurarán asegurar, de conformidad con el derecho interno y cuando se necesite, la asistencia a los familiares de las personas detenidas o presas que estén a cargo de éstas, y en particular a los menores, y velarán especialmente por la tutela de los niños que hayan quedado privados de supervisión."

Por tanto, amparado en los derechos que asisten a la menor, indefensa ante la brutalidad de la agresión realizada por su propio padre, y a la madre en cuanto ha sido reconocida víctima de violencia de género, presentamos la siguiente:

PROPOSICIÓN NO DE LEY

  1. Ante las especiales circunstancias humanitarias que concurren en este caso y apelando al "Conjunto de Principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión" del Alto Comisionada de Derechos Humanos de la ONU , ratificado y adoptado por la Asamblea General en su resolución 43/173, de 9 de diciembre de 1988 el Parlamento Vasco quiere expresar su preocupación por la situación en la que se encuentra la menor y pide se garantice su seguridad así como su derecho a estar con su madre y pueda convivir con ella dentro de lo posible sin ser separada de su entorno familiar. 
  2. El Parlamento Vasco quiere solicitar de Instituciones Penitenciarias que en base a todo lo expuesto y apelando a los Derechos Humanos básicos de la menor, y teniendo en cuenta que madre e hija han sido reconocidas como víctimas de violencia de género, adopte las medidas legales, que mejor velen por sus derechos y que en este caso pasa porque se proceda a la adopción de medidas que supongan la excarcelación de la madre para que puedan superar los terribles hechos de los que han sido víctimas en un entorno de estabilidad y seguridad, y con el apoyo de su familia extensa.
  3. El Parlamento vasco remitirá este acuerdo a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional, dado que las personas mencionadas están bajo su jurisdicción y tutela.