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Enmienda de Adición de un nuevo párrafo 14 a la Disposición Final Primera del Proyecto de Ley por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi

ENMIENDA DE ADICIÓN

Se añade un nuevo párrafo 14 a la Disposición Final Primera, con la redacción siguiente:

«14.- Se modifica el apartado 5.1.2 del artículo 197 quinquies de dicho texto refundido, relativo a la tasa por ocupación privativa y utilización del dominio público, que quedará con la redacción siguiente:

“5.1.2.- Cuando las instalaciones objeto de concesión estén situadas bajo tierra y no impidan la libre circulación por la superficie, se aplicarán las cuotas correspondientes a la ocupación de superficie no edificada con una reducción del 50%. En canalizaciones enterradas se cuantificará, como mínimo, un m2 por metro lineal de canalización. En las canalizaciones enterradas destinadas al abastecimiento y saneamiento de agua a cargo de entidades públicas se cuantificará como mínimo 0,20 m2 por metro lineal de canalización.”»